Condiciones generales de contratación

1. Regulación jurídica aplicable y organización técnica.

La relación contractual entre la agencia organizadora y el cliente se rige por las cláusulas del contrato de viaje combinado, por la ficha técnica del viaje que detalla su contenido definitivo y por las presentes condiciones generales, todas redactadas de conformidad con lo que dispone la Reglamentación catalana de las agencias de viajes (Decreto 168/1994, de 30 de mayo) y por la Ley estatal de condiciones generales de contratación (Ley 7/1998, de 13 de abril).

Las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Barcelona para resolver las discrepancias o reclamaciones que susciten la interpretación o la ejecución del contrato de viaje combinado y de estas condiciones generales, y renuncian al foro propio en caso que sea diferente.
La organización técnica de los viajes incluidos en este programa corresponde a la agencia mayorista-minorista Terres de Somriures-Tarannà Club de Viatges, con título licencia GC MD90. CIF A-60361755, y con domicilio en calle Vallespir 135 de Barcelona.



2. Inscripción al viaje.


El acto de inscripción al viaje y la consideración de reserva exige que el cliente haya satisfecho un depósito del 30% del importe total presupuestado, excepto que las condiciones económicas de los proveedores impongan el pago avanzado de otro importe. El importe restante se habrá de abonar cuando se formalice el contrato de viaje combinado. Si el consumidor no realiza dicho pago, la agencia fijará un plazo. Si no se fija dicho plazo, se entenderá que el pago deberá efectuarse a lo más tardar 7 días antes de la salida. La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el consumidor no reaaliza los pagos previstos.



3. Modificación del viaje por parte del organizador
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Cuando el organizador se vea obligado a modificar de manera significativa los elementos esenciales del viaje, lo habrá de notificar por escrito al cliente lo antes posible para que este pueda optar entre rescindir la reserva o el contracto, con derecho al reembolso íntegro de las cantidades pagadas, o bien aceptar las consecuencias de la modificación del viaje inicial. En el caso de que el cliente no comunique por escrito su decisión en los tres días hábiles siguientes a la notificación, se entenderá que opta por la rescisión de la reserva o del contrato. Se consideran causas suficientes para la modificación del viaje los casos de fuerza mayor (circunstancia ajena, anormal e imprevisible) y cuando no concurra el número de personas exigidas para la realización del viaje.



4. Condición contractual
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La realización del viaje queda condicionada a la inscripción del número de personas que se establezca para cada viaje. En el caso de que no se forme este grupo, la AGENCIA puede cancelar el viaje sin derecho de indemnización para el cliente siempre que lo comunique en un término máximo de 3 días naturales antes de la fecha prevista para su inicio.



5. Desistimiento por parte del cliente.


Si el cliente desiste del viaje, después de la formalización, al menos, del depósito exigido para considerar firme la reserva, habrá de indemnizar a la agencia de viaje con el abono de los gastos de gestión (ocasionados a la agencia vendedora), los gastos de anulación justificados (ocasionados a la agencia organizadora y a los proveedores turísticos) y una penalización consistente en el 5% del importe total del viaje si la anulación se produce entre los 15 y los 10 días naturales anteriores a la fecha de inicio del viaje, en el 15% si se produce entre los 10 y 3 días naturales, en el 25% si se desiste en las 48 horas anteriores y en el 100% si no se presenta a la hora prevista para la salida.

En cualquier caso, las consecuencias económicas de la anulación en caso de condiciones especiales de contratación (como tarifas de transporte de precio reducido o exigencias económicas en determinados proveedores) se repercutirán sobre el cliente siempre que el contrato haya dejado constancia.



6. Precio del viaje.


El precio del viaje expresado en el folleto publicitario incluye el impuesto sobre el valor añadido cuando es aplicable y se entiende vigente durante la temporada que se indique.

El precio puede ser revisado hasta 20 días naturales antes de la fecha de la salida en el caso que haya variaciones en el coste de los transportes (incluido el precio del carburante), en las tasas o impuestos referentes a determinados servicios (como los de aterrizaje, embarque o desembarque en puertos y aeropuertos) y en los tipos de cambio aplicados al viaje. Ante la variación del precio, el cliente puede aceptar el suplemento o bien desistir de la reserva o del contracto (si éste se ha formalizado).



7. Establecimientos de alojamiento.

El contenido y la calidad de los servicios prestados por establecimientos de alojamiento turístico están determinados por la categoría turística local especificada en el contrato o en la ficha técnica. En el supuesto de que esta clasificación no exista, la descripción y las características propias del establecimiento quedarán expresadas en el contrato.



8. Documentación.

El cliente tiene la obligación de llevar consigo siempre el documento nacional de identidad y también, en caso de que se exija, el pasaporte en los ejemplares originales y vigentes.

La agencia tiene el deber de informar sobre los documentos especiales (como visados, certificaciones médicas de vacunación o sanidad, etc.) que exige el lugar de destino del viaje para la entrada en el país, y el cliente asume expresamente tanto su tramitación (excepto en caso de otro acuerdo con la agencia) como las consecuencias derivadas de no llevarlos o del hecho de que no sean válidos o vigentes.

Los clientes extranjeros se han de asegurar que cumplen las exigencias en materia de visados a fin de entrar, salir y circular sin problemas por el país de destino, y asumen las consecuencias de su incumplimiento.

Los menores de 18 años han de llevar un documento que les autorice a hacer el viaje, firmado por los dos padres, por el padre que tenga la guarda y custodia (en casos de matrimonios separados o divorciados) o por el tutor.



9. Cesión de la reserva.

El cliente puede ceder su reserva de servicios terrestres a una tercera persona siempre que lo comunique a la agencia con 15 días de antelación a la fecha de inicio del viaje y que esto no esté expresamente prohibido en el folleto publicitario. En cuanto a los servicios aéreos, por restricción de las compañías aéreas , no está autorizado ningún cambio de nombre, por lo que en este caso el nuevo viajero deberá abonar un nuevo billete de transporte aéreo y el anterior deberá afrontar los gastos derivados de su cancelación en el supuesto que existan.



10. Responsabilidad.

La agencia organizadora ha de responder de las consecuencias que se deriven de la inejecución o de la ejecución deficiente del contrato en proporción a su intervención en la gestión del viaje combinado.

No obstante ello, quedará eximida de esta responsabilidad cuando haya sido por una causa de fuerza mayor (circunstancia ajena, anormal e imprevisible), por un hecho que ni la agencia organizadora ni los proveedores hayan podido evitar o cuando la causa sea imputable al cliente o a un tercero.

El cliente queda obligado a comunicar a la agencia organizadora, tan pronto como sea posible y por escrito, cualquier incumplimiento en la ejecución del contrato que haya comprobado in situ.

En los viajes de grupo, se podrá admitir la modificación del contrato inicial siempre que la alteración del itinerario o la substitución de servicios que estén justificados por circunstancias climatológicas, por imposiciones imprevistas de los proveedores en la zona o por razones de la limitada infraestructura local. Cualquier otra alteración de la ruta ha de ser aprobada por el grupo y consentida expresamente por la agencia.

Limitación de responsabilidad por overbooking, cancelación o gran retraso.
Cuando la compañía aérea cancele un vuelo o incurra en un gran retraso, será la responsable de prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros afectados, debiendo asumir los gastos de comidas, llamadas, transportes y prenoctación si procede, en virtud de lo establecido en el reglamento CEE 261/04, por el que se establecen las reglas comunes sobre compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso en los vuelos. En caso de cancelación de vuelo también estará obligada a pagar la compensación correspondiente al pasajero, así como a reembolsarle el precio del billete de avión si el pasajero opta por esta opción. Si la cancelación se debe a circunstancias extraodinarias que no podían haberse evitado incluso si se hubiesen tomado todas las medidas razonables, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo no estará obligado a pagar las compensaciones pero si a prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros afectados y reembolsarles el precio del billete si optan por esta opción.

Cuando la falta de conexión de los vuelos, aún a causa de cambios horarios de las compañías aéreas participantes, obligue a pernoctar o efectuar una larga espera, los gastos que se deriben de este hecho, tanto de alojamiento como de comidas y transportes serán por cuenta del transportista aéreo causante del overbooking, cancelación o retraso, en virtud de lo establecido en el reglamento CEE 261/04, por el que se establecen las reglas comunes sobre compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso en los vuelos.



11. Vigencia.

Estas cláusulas de condiciones generales han sido redactadas con fecha 1 de marzo del 2007 y tienen una vigencia indefinida.



Los grupos especiales de verano, las expediciones y las Rutas de camión dentro de la programación de Terres de Somriures y los programas cotizados a medida, se rigen por las condiciones de contratación específicas de dichos productos contenidas en la información adicional adjunta a la reserva de cada uno de los viajes, en el respectivo contrato de viaje combinado y, supletoriamente, por estas condiciones generales.


Para información adicional a cerca de la seguridad de los destinos,
rogamos contactar con la web del Ministerio de Asuntos Exteriores: www.mae.es


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